23 julho 2013

PEP

Um novo conceito: Pessoas Expostas Politicamente

¿Quiénes entrarán en la lista de vigilancia?

1. Se trata de aplicar a determinadas personas de ámbito nacional “expuestas políticamente” los controles reforzados que se hacen ya a los no residentes a efectos de prevención y lucha contra el blanqueo de capitales.
2. La “modificación de la ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo” podría tramitarse como enmienda a la Ley de Transparencia por su paso por el Senado, aunque el Ministerio de Economía y Competitividad, autor de la norma, se plantea también tramitarla de forma separada.
3. Se considerarán personas con responsabilidad pública a: Jefes de Estado, jefes de Gobierno, ministros y altos cargos, parlamentarios, magistrados del Tribunal Supremo o Constitucional u otras instancias judiciales. con inclusión de los miembros equivalentes del Ministerio Fiscal, miembros de Tribunales de Cuentas o de consejos de bancos centrales, embajadores y encargados de negocios; el alto personal militar de las Fuerzas Armadas, miembros de órganos de administración, de gestión o de supervisión de empresas de titularidad pública. Se aplicará en los mismos criterios sobre el ámbito autonómico. También a quienes desempeñen o hayan desempeñado funciones públicas importantes en otros Estados miembros de la Unión Europea o en terceros países. El control se llevará a cabo hasta dos años después del cese.
4. Se controlará a alcaldes, concejales y demás cargos electivos en municipios de más de 5.000 habitantes.
5. También a cargos de responsabilidad en patronales, sindicatos y partidos políticos. 6. Afectará también a familiares y allegados.

Expansión

1 comentário:

Cfe disse...

No Brasil no alto de fichas de informação para obtenção de financiamento aparece a pergunta:

"É politicamente exposto?"